m1 / Sandra Pettovello avaló Ley 24.463 de Solidaridad Previsional y hay jubilación de Anses con 10 años de aportes
La titular del Ministerio de Capital Humano Sandra Pettovello respaldó los parámetros de la histórica norma promulgada en 1995.
En una decisión que retoma los pilares del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones instaurados durante la década del 90, la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, avaló la plena vigencia de los parámetros establecidos por la Ley 24.463 de Solidaridad Previsional, sancionada originalmente durante la presidencia de Carlos Menem.
Esta ratificación habilita a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a otorgar la Prestación por Edad Avanzada (PEA) a los adultos mayores que no logren alcanzar los 30 años de contribuciones regulares, permitiéndoles jubilarse con apenas una década de aportes comprobables.
Los detalles de la Ley 24.463 de Solidaridad Previsional
Sancionada el 8 de marzo de 1995 y promulgada parcialmente el 23 de ese mismo mes, la Ley 24.463 representó una profunda reforma a la legislación previsional argentina, definiendo al régimen público como un sistema de «reparto asistido, basado en el principio de solidaridad».
- Garantía estatal y topes: el Estado Nacional garantiza el otorgamiento y pago de las prestaciones hasta el monto de los créditos presupuestarios asignados. Además, introduce formalmente en el Artículo 17 la figura de la «Prestación por edad avanzada», aclarando que ningún beneficiario podrá recibir sumas por encima del tope máximo legal.
- Inembargabilidad y movilidad: la normativa decreta que los recursos del sistema son inembargables y ata la movilidad de las prestaciones a lo que determine anualmente la Ley de Presupuesto.
- Reingreso a la actividad laboral: su Artículo 34 permite a los beneficiarios reingresar a la actividad remunerada (en dependencia o como autónomos) con la obligación de efectuar los aportes correspondientes destinados al Fondo Nacional de Empleo, aunque aclarando que estos nuevos aportes «no darán derecho a reajustes o mejoras en las prestaciones originarias».
- Incompatibilidad por tareas insalubres o invalidez: la ley prohíbe el reingreso laboral a quienes se hayan jubilado por tareas riesgosas o insalubres (si retoman las mismas tareas que originaron el beneficio) y determina que el retiro por invalidez es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.

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Cómo acceder a la jubilación con 10 años de aportes
Amparados en esta estructura normativa, la ANSES detalló los requisitos vigentes en 2026 para solicitar la Prestación por Edad Avanzada:
- Edad y aportes mínimos: el titular debe haber cumplido los 70 años de edad y reunir 10 años de servicios con aportes (ya sea bajo relación de dependencia, como autónomo, monotributista o un régimen mixto).
- Regularidad reciente: de esos 10 años exigidos, por lo menos 5 deben haber sido trabajados de manera formal durante los últimos 8 años inmediatamente anteriores al cese de la actividad laboral.
- Exigencias adicionales para independientes: si el trabajador es exclusivamente autónomo, deberá acreditar una antigüedad en la afiliación a ese régimen no inferior a 5 años.
- Exclusiones: no se admitirá la acreditación de tareas en calidad de personal de casas particulares para este beneficio específico.
El trámite es gratuito, requiere solicitar turno previo en la web de ANSES y exige la presentación del DNI actualizado junto con los formularios pertinentes de certificación de servicios o el estado de deuda en el sistema SICAM (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas) de la ex AFIP, ahora ARCA.
