Télam / Es Ley la reforma de Ganancias para Empresas

Por 36 votos a favor y 26 en contra, se aprobó en el Senado el proyecto que establece una nueva estructura de alícuotas escalonadas con tres segmentos en relación al nivel de ganancia neta imponible acumulada.

El proyecto de ley sobre el Impuesto a las Ganancias de sociedades, que busca aliviar la carga fiscal para las pequeñas y medianas empresas, fue convertido este miércoles en ley por el Senado de la Nación en sesión especial.

La nueva norma establece una estructura de alícuotas marginales escalonadas con tres segmentos en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada.

El proyecto fue aprobado por 36 votos a favor y 26 en contra, gracias a los votos de la bancada oficialista del Frente de Todos y de sus aliados, en tanto que los interbloques de Juntos por el Cambio y del Parlamentario Federal lo rechazaron.

Los últimos tramos de la discusión parlamentaria fueron seguidos desde uno de los palcos del recinto por el ministro de Economía, Martín Guzmán.

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento propone un nuevo esquema de alícuotas escalonadas compuestas de tres segmentos en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada de cada sociedad.

Según la iniciativa, por ganancias de hasta 5.000.000 de pesos, las empresas pagarán una alícuota del 25%; sobre ganancias de entre 5.000.000 y 50.000.000 de pesos, pagarán el 30%; y finalmente, sobre ganancias superiores a 50.000.000 de pesos pagarán el 35%.

El criterio será escalonado y progresivo, ya que si una empresa supera los 50 millones, pagará por los primeros 5 millones, el 25 por ciento, luego el 30 y por el resto de lo que supere los 50 millones, recién abonará el 35 por ciento.

Además, se incluyeron incentivos para la incorporación de mujeres, travestis, transexuales y transgéneros como directores y síndicos de las empresas; y en segundo término, se aclaró en la redacción que no se reducirá la alícuota del 41,5% para los juegos de azar.

Los dividendos distribuidos pagarán en todos los casos la alícuota de 7%, a través del impuesto vigente.

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