o24 / Desde el día lunes aumenta la hora del estacionamiento medido a $30 en Capital
Finalmente desde el lunes rige un nuevo aumento del estacionamiento medido en Salta, tal como lo habían anunciado en el mes de diciembre, desde el 1 de febrero entra en vigencia, permisionarios se quedarán con el 70% de la recaudación en tanto que el 30%, será para la Municipalidad.
Por su parte y de acuerdo a la ordenanza frentistas, con o sin garaje, pagarán $274 por mes.
La Ordenanza que modifico el precio de la hora de estacionamiento medio fue sancionada en la sesión del 2 de diciembre de 2020 y promulgada el 23 de diciembre, se trata de una modificación parcial a la ordenanza 12.170 que rige el estacionamiento medido y su texto es el siguiente:
ORDENANZA Nº 15791
Ref.: Exptes. Cº Nºs 135 – 1992/20 y 135 – 2073/20.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º. MODIFICAR la Ordenanza Nº 12.170, Capítulo II, artículo 4º, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4º.- TARIFAS. Las tarifas serán fijadas de la siguiente manera:
a) Por hora, para autos y camionetas en horario diurno: Pesos treinta ($30,00), con una tolerancia de cinco (5) minutos de vencido el plazo. Esta tarifa se paga directamente al permisionario. El conductor podrá pagar la cantidad de horas que le sean necesarias para permanecer en el lugar y deberá localizar las tarjetas adquiridas dentro del vehículo y en un lugar visible (luneta delantera);
b) Por hora, para autos y camionetas en horario nocturno: Pesos treinta ($30,00), con una tolerancia de cinco (5) minutos de vencido el plazo, la que será aplicable en las inmediaciones de los locales de diversión que funcionan en dicho horario, en la zona del Paseo Balcarce, Paseo Güemes y Plaza Alvarado y la que en el futuro determine el Departamento Ejecutivo Municipal. Esta tarifa se paga directamente al permisionario. El conductor podrá pagar la cantidad de horas que le sean necesarias para permanecer en el lugar y deberá localizar las tarjetas adquiridas dentro del vehículo y en un lugar visible (luneta delantera);
c) Para frentistas (con o sin garaje): Doce (12) Unidades Tributarias, redondeada al entero más próximo, por mes;
d) Para motocicletas: tendrán lugares determinados para el estacionamiento, con un costo por hora de diez pesos ($10);
e) Para bicicletas: El estacionamiento será sin cargo.
Los permisionarios cobrarán por este sistema el setenta por ciento (70%) de lo recaudado y el treinta por ciento (30%) restante la Municipalidad de la ciudad de Salta.-
ARTÍCULO 2º. LA presente ordenanza tendrá vigencia a partir del día 01 de febrero de 2021.
ARTÍCULO 3º. COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
———————— DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. —
Vía Aries